Miranda-Poggys, Alex G.
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Publication Exploración de un marco normativo efectivo y aplicable de alianzas público-privadas para los municipios de Puerto Rico(2019-12-06) Miranda-Poggys, Alex G.; Molina-Bas, Omar I.; College of Engineering; Perdomo-Rivera, José L.; Portela-Gauthier, Genock; Del Valle-González, Carlos; Department of Civil Engineering; Méndez-Piñero, Mayra I.El marco regulatorio puertorriqueño en materia de Alianzas Público-Privadas (APP) está recogido en la Ley 29 de 2009, según enmendada, titulada «Ley de Alianzas Público-Privadas». Esta ley a su vez creó el marco institucional sobre dicho tema, la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas de Puerto Rico, una corporación pública de la Rama Ejecutiva del Gobierno de Puerto Rico, adscrita a la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico, conocida por sus siglas, AAFAF. La Autoridad creada por mandato de dicha Ley es la encargada de gestionar cualquier contrato de APP o concesión de cualquier dependencia del Gobierno de Puerto Rico, incluidas sus tres ramas de gobierno, las corporaciones públicas y los municipios. La centralización de las funciones de esta Autoridad podría atentar principalmente contra la autonomía municipal representada en el texto de la Ley 81 de 1991, según enmendada, y titulada «Ley de Municipios Autónomos de Puerto Rico». En síntesis, los municipios quedaron sujetos de tener que recurrir a la Autoridad para llevar a cabo sus propios proyectos de Alianza, cuyos costos de operación son transferidos a los proponentes públicos y privados a través del cobro de los estudios de pre-construcción y otros servicios ofrecidos. La situación fiscal de muchos municipios es precaria y todo apunta a que en el futuro inmediato empeorará. Al mismo tiempo, los municipios tienen interés en revitalizar sus centros urbanos, llevar a cabo mejoras en la infraestructura que les concierne y desarrollar proyectos nuevos que reactiven sus economías. La adopción de contratos de APP podría ser una alternativa a estos fines, ya sea mediante proyectos cuya inversión se financie con el cobro a los usuarios, o mediante proyectos subvencionados en los que el financiamiento de los costos capitales le resulte más asequible al privado que al municipio. Para dar con un modelo regulatorio e institucional de APP que beneficie a los municipios, se tomaron como casos de estudio cuatro jurisdicciones foráneas, líderes globales y en sus regiones en este tema: Canadá, Chile, Croacia y España. A partir de la información obtenida de cada jurisdicción, se procedió a hacer un estudio comparativo que involucró seis aspectos: (1) descripción de los gobiernos sub-nacionales, (2) descripción del marco normativo de APP, (3) descripción del marco institucional de APP, (4) guías o instrumentos de referencia, (5) nivel de ejecutoria basado en historial, y (6) injerencia de los organismos de planificación. A partir de los hallazgos se concluyó que Puerto Rico en términos generales es un mercado «emergente» en materia de APP. Finalmente, se procedió a someter diferentes recomendaciones relacionadas a las finanzas municipales, modificaciones al marco regulatorio e institucional de APP, el desligue de los municipios del marco de la Ley 29, enmiendas a la Ley 81 y un «Think Tank» adscrito a la Universidad de Puerto Rico que asesore y asista a los municipios en sus iniciativas de APP.